Por Juan Antonio Ruiz Romero, jueves 12 de febrero
En el capítulo Cuarto, artículo 83, de la Constitución Política de Colombia se establece que “Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones…”
Cuándo uno escucha los testimonios de los delegados del Comité Internacional de la Cruz Roja y del periodista-garante Daniel Samper, acerca de las dificultades y desconfianza que generó la presencia de aviones militares alrededor del sitio de la entrega de secuestrados por parte de las Farc, uno se pregunta si realmente cabe la declaración oficial del ministro de Defensa Juan Manuel Santos de que “los sobrevuelos fueron un error de buena fe”.
Tan de buena fe, como la utilización indebida del peto de la Cruz Roja Internacional por uno de los oficiales participantes en la Operación Jaque que, según declaración del presidente Uribe, “se puso nervioso al ver tanto guerrillero y temiendo por su vida sacó de su bolsillo un pedazo de tela con el emblema y se lo colocó sobre el chaleco”.
A mi me da la impresión, de que escudados en ese principio general del Derecho, se quiere explicar en nuestro país, la incapacidad de muchas de nuestras autoridades, líderes y dirigentes políticos, sociales, empresariales, de asumir las responsabilidades que les corresponden.
Quisiera compartir algunas noticias recientes con los lectores, para que cada quién defina si hubo o no “errores de buena fe” en cada uno de los casos.
Dentro de un calabozo en la estación de policía del barrio Rafael Uribe Uribe, al sur de Bogotá, cuatro uniformados rociaron con gasolina y quemaron a dos jóvenes de 14 años de edad como castigo por mal comportamiento.
El viernes pasado, el Juzgado Octavo Civil Municipal de Cartagena, ordenó indemnizar con cien millones de pesos a dos jóvenes negras, a quienes, por su color de piel, se les negó el ingreso a dos discotecas ubicadas en un exclusivo sector de esa ciudad.
Hace una semana, nos informaban de un joven de Valledupar que por comprar 14 discos compactos piratas fue condenado a 48 meses de arresto por violar los derechos de autor.
Cuándo se revisa que la condena por comprar o vender música en la calle, es similar a la impuesta por lavado de activos a dos de los directivos de DMG o a las penas de cárcel de los congresistas vinculados con la parapolítica; uno termina pensando, eso sí -de buena fe- que es más grave conseguir en los andenes los éxitos de Johnny Rivera que ser testaferro del narcotráfico, cómplice de una defraudación masiva o compañero de andanzas de Salvatore Mancuso.
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